CLÁUSULAS
Cláusula de Arbitraje (CIIC)
"Toda controversia, diferencia o reclamación que surja de este contrato, o que guarde relación con él, será resuelta definitivamente mediante Arbitraje de Derecho/Equidad, administrado por la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara Intercontinental de Industria y Comercio (CIIC), conforme a su Reglamento vigente. El tribunal Arbitral que se designe estará formado por (uno/tres) árbitros y contará con el respaldo de Seguridad Digital Avanzada, mediante la certificación de actas y laudos en Blockchain, garantizando la inalterabilidad y transparencia del proceso."
Cláusula de Mediación (CIIC)
"En caso de disputa, las partes acuerdan someterse al procedimiento de Mediación ante la Corte de Mediación de la Cámara Intercontinental de Industria y Comercio (CIIC). El proceso se regirá por el Reglamento de Mediación de la CIIC. Todas las actas de sesión y el acuerdo final de mediación serán protegidos bajo el protocolo de Seguridad Digital CIIC, asegurando la confidencialidad y autenticidad documental mediante tecnología de registro distribuido."
"Cualquier controversia será sometida en primer lugar a Mediación ante la Corte de Arbitraje y Mediación de la CIIC. De no alcanzarse un acuerdo en [30] días, la disputa se resolverá definitivamente mediante Arbitraje en la misma institución. Ambas fases del procedimiento están integradas en el ecosistema de Seguridad Digital de la CIIC, donde cada etapa procesal es validada mediante tokens de autenticidad en Blockchain, otorgando a las partes la máxima certeza jurídica y tecnológica internacional."